
El voto es obligatorio en todo el país. La Cámara Nacional Electoral detalló las sanciones, los plazos y los pasos para quienes no concurran a las urnas el domingo 26 de octubre.


Las sanciones económicas por no votar en las PASO varían entre 50 y 500 pesos para los electores mayores de 18 años y menores de 70.
NACIONALES17/07/2023
Editorial
Este domingo se realizaron las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (Paso) en toda la provincia de Santa Fe. Como lo señala su nombre, el voto es de carácter obligatorio para todos los electores mayores de 18 años y menores de 70 años, mientras que es voluntario para los menores de 16 y 17 años.
El artículo 14 de la Ley Electoral de la provincia de Santa Fe señala que “todo elector tiene el deber de sufragar en cuantas elecciones provinciales, municipales o de comisión de Fomento se realicen en su distrito electoral”. Vale destacar que esta obligación alcanza a los ciudadanos de 18 a 70 años.
Por lo tanto, aquellas personas que no asistieron a los comicios tendrán un lapso de 60 días para justificar su ausencia ante las autoridades electorales, de lo contrario sus datos formarán parte del Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar y deberán abonar una multa económica que será abonada en el Banco Nación.
Elecciones en Santa Fe: quiénes son las personas que no tenían la obligación de votar
Los electores mayores de 70 años.
Los jueces y sus auxiliares que, por disposición de esta ley o su reglamentación, debieron asistir a sus oficinas y tenerlas abiertas durante las horas de las elecciones.
Los que estuvieron enfermos o imposibilitados físicamente o por fuerza mayor debidamente comprobada, que les impidió concurrir a los comicios.
Los que el día del acto electoral se encontraron a más de 100 kilómetros del lugar de los comicios en que les correspondía votar, circunstancia que deberán comprobar con certificado expedido por el juez del lugar donde se encuentre el elector.





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