Amenazó con mostrar fotos íntimas de su ex pareja y la culpó de ladrona. Lo condenaron a postear disculpas

El artista callejero "Cobre" recibió una particular condena, que además incluye la obligación de hacer un curso sobre violencia de género y el pago de una multa.

REGIONALES26/09/2020

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Andrés Iglesias, artista callejero santafesino “Cobre” o “Niño de Cobre”, de 33 años, debió postear sus disculpas en redes sociales, abonar una suma de dinero y hacer un curso de violencia de género por intentar chantajear a su ex pareja a la que amenazó con mostrar sus fotos y videos íntimos.

La víctima, identificada como Estefanía Baraggia, pidió que se conozca su nombre para limpiar su imagen, ya que Iglesias la había ensuciado públicamente con un posteo que se viralizó.

El acuerdo, que impulsó el fiscal José Ignacio Suasnábar, del Ministerio Público de la Acusación (MPA), y homologó el juez Leandro Lazzarini, le atribuyó el delito de extorsión por chantaje en grado de tentativa” por hechos cometidos el 2 de abril de 2020″ cuando “en horas de la madrugada, le envió mensajes de WhatsApp a su exnovia para exigirle la entrega de una suma de dinero, supuestamente la devolución de la misma”.

Según el documento, Iglesias le habría manifestado a la víctima “que subiría a las redes sociales material fotográfico y fílmico que se encontraba en su poder y que fueran obtenidos en un contexto de la intimidad de ambos, afectando con su accionar el honor de la misma”.

Luego, el texto señala que no logró “su cometido, ya que por el temor infundido a la víctima, ésta concurrió a sede policial a realizar la denuncia sin efectuar el pago exigido”.

El acuerdo contiene normas de conducta como fijar residencia en una vivienda de Santa Fe, abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas y de consumir estupefacientes, prohibición de mantener contacto personal por cualquier medio y de acercarse a una distancia menos a los 200 metros de la víctima.

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Iglesias también se comprometió a “realizar un curso sobre ‘violencias del patriarcado’ con su debida acreditación” y un desagravio que se llevará a cabo a través de la red social Instagram desde su cuenta, como posteo público, ‘arrobando’ a la víctima, sin que se permitan comentarios” y que “deberá estar posteado por un plazo de 30 días”. La publicación puede leerse en su cuenta de Instagram: https://www.instagram.com/p/CFjLXWMnRbL/?igshid=1opanuxyeuegf

La abogada Jaquelina Bussi, del estudio jurídico social Lazos, valoró que “las pautas de conducta (que firmó Iglesias) fueron consensuadas y construidas con la denunciante como pena alternativa”.

Bussi destacó que “teniendo en cuenta la pena que prevé el código para este tipo de delitos fue que la denunciante optó por la suspensión de un juicio a prueba con pautas de conducta de las cuales ella tuvo injerencia”.

“La perspectiva de género resulta ser más reparadora que la pena prevista en el Código Penal”, concluyó la abogada.



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