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La medida, oficializada por decreto, regirá este jueves y viernes, jornadas en las que están pronosticadas temperaturas entre los 37 y 40 grados centígrados. La intención es ahorrar energía en los espacios públicos.
NACIONALES13/01/2022El Gobierno Nacional ordenó que los empleados públicos no asistan a las oficinas y desempeñen sus tareas a distancia. La medida regirá hoy y mañana a partir del mediodía.
El Decreto 16/2022 publicado esta madrugada en el Boletín Oficial señala que “la reactivación económica sostenida” en diversos sectores durante el transcurso del año 2021 “ha redundado en un incremento considerable de la demanda energética”, y sumado a que “la temporada estival en la República Argentina ha reportado altas temperaturas debido al incremento de las mismas a nivel regional, por directa incidencia del fenómeno de La Niña, el cual afecta a gran parte del hemisferio Sur de América”, se ha producido la situación vivida esta semana en distintos puntos del país.
“Debido a que los mencionados factores actúan en forma conjunta y concurrente, se ha producido en los principales centros urbanos del país tales como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los de las provincias de Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe, entre otros, una ola de calor extremo registro de temperaturas superiores a los 40° grados centígrados”, destaca el Gobierno.
En este contexto, el Poder Ejecutivo Nacional “se ve en la obligación de contribuir a mitigar las condiciones en que, temporalmente, se puedan ver afectados los y las habitantes del país, adoptando medidas urgentes, de rápida implementación y breve duración, para lo cual se ha decidido reducir la presencialidad en las actividades de la Administración Pública Nacional a fin de evitar el consumo de energía eléctrica en todos los inmuebles afectados a su normal funcionamiento”.
Así, en concreto se dispuso que los días 13 y 14 de enero de 2022, a partir de las 12 del mediodía, “horario a partir del cual se verifican los mayores picos de consumo energético, las y los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades del Sector Público Nacional a los que se refiere el artículo 8° de la Ley N° 24.156, realicen la prestación de servicios mediante la modalidad de prestación de trabajo a distancia, en caso de ser ello posible, absteniéndose de permanecer o concurrir a sus lugares de trabajo habituales”.
“Tal medida se adopta en el convencimiento que ello se sumará al esfuerzo de diversos sectores del país, que reducirán voluntariamente el consumo de energía eléctrica para así coadyudar a que la población pueda mantener los servicios de agua y energía eléctrica”, concluyó el Gobierno.
Los organismos estatales deberán implementar las medidas correspondientes para mantener guardias necesarias para preservar la continuidad de los servicios esenciales. “A dicho fin, la o el titular de cada jurisdicción, organismo o entidad determinará los equipos de trabajadores y trabajadoras esenciales que deberán prestar funciones en forma presencial, en tanto se trate de áreas críticas de prestación de servicios indispensables para la comunidad”, detalla el decreto.
Quedan excluidos del trabajo remoto los trabajadores del Instituto de Salud Carlos Malbrán; las fuerzas de seguridad federales; las Fuerzas Armadas; personal del Servicio Penitenciario Federal; personal de la salud y del sistema sanitario; guarda parques nacionales y personal del Sistema Federal de Manejo del Fuego; de Migraciones; instituciones bancarias y entidades financieras.
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