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title: "Bono de $ 18.000: no lo recibirá quien perciba más de 2 salarios mínimos"
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description: "Además, los beneficiarios del refuerzo de ingresos no podrán comprar dólares, según estableció el decreto que oficializó ese pago."
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date_published: "2022-04-28T19:20:00-03:00"
date_modified: "2022-04-28T19:22:48-03:00"
category_name: "ECONOMÍA Y NEGOCIOS"
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# Bono de $ 18.000: no lo recibirá quien perciba más de 2 salarios mínimos

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Los beneficiarios del refuerzo de ingresos no podrán percibir más que el equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles, y tampoco estarán habilitados para acceder al mercado de cambios durante seis meses, según los requisitos establecidos en el decreto 216/2022 que instituyó el bono de $ 18.000 a cobrar en dos cuotas.

La persona solicitante deberá encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial.

Los trabajadores y trabajadoras que perciban ingresos por el desarrollo de actividades laborales informales y no registradas, que se encuentren en situación de desempleo, de entre 18 y 24 años, cuando el control de ingresos de su grupo familiar no supere al valor equivalente de tres salarios mínimos.

Asimismo, quienes accedan al beneficio, no podrán acceder al mercado de cambios a los fines de la obtención de divisas por el plazo de seis meses desde que se haya hecho efectiva la percepción de la asignación.

Así, podrán acceder al beneficio:

- Trabajadores y trabajadoras que perciban ingresos por el desarrollo de actividades laborales informales y no registradas y sus ingresos no superen dos salarios mínimos.

- Personas que se encuentren en situación de desempleo.

- Trabajadores y trabajadoras con contratos de relación de dependencia registrados durante el período de reserva de puesto, a excepción del sector público nacional, provincial, municipal y de la ciudad de Buenos Aires.

- Monotributistas inscriptos e inscriptas en las categorías A y B y sociales.

- Trabajadores y trabajadoras de casas particulares.

Una vez cumplidos estas condiciones, deberán acreditar:

-Ser argentino o argentina nativo o nativa, por opción o naturalizado o naturalizada y residente en el país o extranjero o extranjera con una residencia legal no inferior a dos años anteriores a la solicitud de la asignación monetaria.

- Tener entre 18 y 64 años de edad.

- No encontrarse como titular de jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la ciudad de Buenos Aires.

- No contar con seguro de medicina prepaga.

- No estar alcanzada por cobertura de salud a excepción de trabajadores y trabajadoras con contratos de relación de dependencia registrados durante el período de reserva de puesto, de casas particulares, monotributistas A y B y sociales, y titulares de la prestación por desempleo.

- Hoy comienza la segunda etapa de inscripción al bono

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