
GESSLER: EL OLOR A AGROQUÍMICO HIZO QUE LA COMUNA SALIERA A DAR UN COMUNICADO IMPORTANTE

Muchas quejas de vecinos enojados y preocupados por el tremendo olor a agroquímicos que invadió el aire de la localidad de Gessler en la última semana llevó a la Comuna a emitir un importante comunicado oficial en su red social de facebook.
AVISO IMPORTANTE!!!
Durante dos noches consecutivas, llegó a la zona urbana un intenso olor a agroquímico que se correspondía al llamado "2,4 D". El mismo, es un producto de gran volatilidad que alcanza varios kilómetros de distancia al momento de ser aplicado, dependiendo de la velocidad del viento.
Dicho herbicida se encuentra PROHIBIDO por ordenanza comunal n° 07/19 y resolución provincial N° 135/2015.
La Comuna cuenta con el asesoramiento de un Ingeniero Agrónomo, que es quien autoriza las aplicaciones. Pero como es sabido, hay quienes cumplen de manera efectiva (recetas, condiciones de viento, productos autorizados) y otros que NO!!
Informamos que a partir del día lunes estará TERMINANTEMENTE PROHIBIDO EL INGRESO O PERMANENCIA EN EL EJIDO URBANO de la localidad los equipos de ARRASTRE o MOTRIZ. Para ello estará la cartelería correspondiente en los caminos de ingreso.
Podrá ingresar solamente en caso de reparación mecanica previo lavado y autorización.
Desde la Comuna, estamos a disposición.
Según la ordenanza 07/19, amparada en la resolución provincial 135/2015, queda terminantemente prohibido el uso de agroquímicos
Durante dos noches consecutivas, llegó a la zona urbana un intenso olor a agroquímico que se correspondía al llamado "2,4 D". El mismo, es un producto de gran volatilidad que alcanza varios kilómetros de distancia al momento de ser aplicado, dependiendo de la velocidad del viento.
Dicho herbicida se encuentra PROHIBIDO por ordenanza comunal n° 07/19 y resolución provincial N° 135/2015 la cual confirma que en el territorio provincial existen 36 localidades que cuentan con ordenanzas municipales/comunales que restringen o prohíben el uso del herbicida 2,4 D formulado como éster isobutílico.
EL MINISTRO DE LA PRODUCCIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prohibir el uso ylo aplicación en todo el territorio de la Provincia de Santa Fe, por cualquier medio y para cualquier tipo de cultivo, ya sea intensivo o extensivo, el producto 2,4 D en su formulación éster isobutilico.-
ARTÍCULO 2°.- Restringir el uso y/o aplicación aérea del producto 2,4 D en su formulación sal dimetil amina dentro del radio de 6.000 metros de las plantas urbanas, asentamientos poblacionales, escuelas rurales, huertas, centros apicolas, ríos, arroyos, lagunas, cursos y espejos de agua, como así de pozos de extracción de agua para consumo humano, sin excepción.-
ARTÍCULO 3°.- Restringir el uso/o aplicación terrestre del producto 2,4 D en su formulación sal dimetil arana dentro del radio de 1.000 metros de las plantas urbanas, asentamientos poblacionales, escuelas rurales, huertas, centros apícolas, ríos, arroyos, lagunas, cursos y espejos de agua, como así de pozos de extracción de agua para consumo humano, sin excepción.-
En julio del año pasado, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) prohibió la importación, elaboración, fraccionamiento, comercialización y uso del ácido 2,4-Diclorofenoxiácetico (2,4-D) en formulaciones de ésteres butílicos e isobutílicos.






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