
SANTA FE: HABILITARON ACTIVIDADES RELIGIOSAS EN IGLESIAS Y TEMPLOS

En la mañana de hoy, el Gobierno provincial notificó, a través de un decreto, proveniente de la Decisión Administrativa N° 593/21 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, la realización de actividades religiosas en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos, sujetas a la condición de la implementación y cumplimiento de los protocolos específicos oportunamente aprobados para el desarrollo de las actividades religiosas.
La misma, se podrá realizar entre las 9:00 y las 19:00 horas, mientras que la concurrencia utilizando elementos de protección de nariz, boca y mentón; permanente ventilación de los espacios; densidad de ocupación de una persona cada dos (2) metros cuadrados de espacio circulable.
En tanto, el aforo será del treinta por ciento (30%) de ocupación máxima de la superficie, disponiendo las actividades o celebraciones con una pausa que permita la desinfección del local y de los elementos de uso habitual previo a la realización de la siguiente programada.

Además, buscarán que la adecuación de las actividades de los dependientes a los protocolos específicos de la actividad, aprobados por la autoridad sanitaria y del trabajo. En tanto, piden que, de ser posible, sectores de ingreso y egreso diferenciados y debidamente identificados, manteniendo un sentido unidireccional de circulación, colocación de dispensadores con alcohol en gel o soluciones sanitizantes similares y elementos para limpieza y sanitización del calzado, los que deberán ser utilizados por los concurrentes para poder ingresar, delimitación y señalización del sector de bancos o butacas, a los fines de asegurar que entre las personas se respeten dos (2) metros de distanciamiento.
En el caso de haber butacas, las personas deberán sentarse en las mismas dejando como mínimo dos (2) butacas libres entre sí, mientras que la colocación de cartelería con recomendaciones en paredes y puertas; y señalizaciones en los bancos o butacas, recordando el distanciamiento social recomendado por las autoridades sanitarias. En aquellos lugares en donde se pudieran formar filas de personas (baños , entradas , salidas etc.), demarcación en el piso de la distancia a guardar entre las personas.






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