Preventiva a un sujeto por efectuar disparos contra una vivienda en Pilar

La medida cautelar fue resuelta por el juez Gustavo Bumaguin a partir de un requerimiento de la fiscal Brenda Baños. El imputado tiene 30 años y se le endilgó haber disparado contra una vivienda. También se le atribuyó haber enviado mensajes de audio intimidatorios por WhatsApp . Los ilícitos fueron cometidos el jueves 5 y viernes 6 de marzo.
 
 
POLICIALES06/04/2026EditorialEditorial

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El incidente ocurrió el pasado jueves 5 de marzo, alrededor de las 22:50. Según el relato de la fiscal Brenda Baños, el imputado se dirigió a una vivienda en calle Santa Fe al 1.700 (Barrio Norte) junto a su pareja —una mujer oriunda de San Carlos— y otros dos hombres.

El móvil del ataque sería un conflicto relacionado con una hija menor de edad que la mujer tiene con el dueño de la casa (su expareja). Al negarse la víctima a salir de la vivienda, la mujer comenzó a golpear la puerta violentamente con puños y patadas.

La fiscal subrayó que en ese contexto el imputado realizó dos disparos con un arma de fuego de guerra contra la casa, a sabiendas de que había personas en su interior.

Fuga y amenazas posteriores

Tras el ataque, los involucrados escaparon en una camioneta Ford EcoSport negra. La investigación señala que las cámaras de seguridad del eje urbano fueron fundamentales para identificar el vehículo, en el cual habría estado esperando otra mujer adulta (madre de la joven implicada), quien actualmente se encuentra prófuga por una causa federal de narcotráfico en San Carlos Centro.

Al día siguiente de la balacera, IRM envió audios de WhatsApp al hermano de la víctima con contenido altamente intimidatorio, lo que sumó nuevas acusaciones a su causa.


La decisión judicial

La fiscalía solicitó la medida cautelar máxima argumentando que existe riesgo de fuga, ya que no hay certeza del domicilio real del imputado, y entorpecimiento probatorio, dado que el arma utilizada aún no ha sido localizada. Además, recordó que al utilizarse armas de fuego, la futura condena sería de cumplimiento efectivo.

El juez Bumaguin tuvo por acreditada la responsabilidad penal del imputado en esta etapa procesal, atribuyéndole los delitos de abuso de armas, portación ilegítima de arma de fuego de guerra y amenazas simples reiteradas.



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