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Es el segundo incremento que Pullaro autoriza en lo que va del año. En febrero los peajes de Rutas 70 y 6 aumentaron 100% y ahora el 78%.
POLÍTICA05/08/2024ANTES DE LEER INFORME DE CONADUV, aclarar que Peaje de Franck (Ruta 6) y Nuevo Torino (Ruta 70) pasan a valer $900, mientras que el de Esperanza (Ruta 70) continúa en $500 hasta la finalización de obras circunvalación.
El Gobierno de la Provincia de Santa Fe, como en oportunidades anteriores, autorizó sorpresivamente un nuevo tarifazo de peaje del 78 % que rige desde el 3 de agosto del corriente año.
A tal efecto, el CONADUV (COMITÉ NACIONAL DE DEFENSA DEL USUARIO VIAL) rechaza enérgicamente este incremento por ser ilegal, irracional, injustificado, abusivo e inapropiado, careciendo de todo fundamento técnico desde el punto de vista de la ingeniería económica de transporte. Ni siquiera se han respetado principios básicos de confiscatoriedad y razonabilidad.
Este nuevo tarifazo de peaje se traslada automáticamente al costo de transporte y por ende a todos los precios de la economía, afectado a los usuarios viales directos e indirectos y a toda la sociedad en su conjunto.
FALTA DE MARCO REGULATORIO – ENTE REGULADOR Y DE AUDIENCIAS PÚBLICAS
Es importante destacar que las concesiones viales tienen carácter de “servicio público”.
“El régimen de concesiones viales por peaje es un servicio público enmarcado en la relación de consumo de jerarquía constitucional (art. 42 C.N.) y Ley 24.240 cuya tutela de los consumidores y el usuario alcanza también a los servicios concesionados. El peaje que paga el usuario es el precio de un servicio”, dijo la Ministra de la Corte Suprema de la Nación, Elena Highton de Nolasco.
Sin embargo, y es sumamente grave, que a pesar del tiempo transcurrido y de los reiterados reclamos por parte del CONADUV a las autoridades correspondientes como a la propia legislatura de la Provincia y Defensoría del Pueblo de Sant Fe, nunca se generó Marco Regulatorio – Ente Regulador como tampoco la convocatoria a Audiencias Públicas ante las constantes modificaciones de los cuadros tarifarios de peaje. Es así que los derechos de los usuarios viales son permanentemente pisoteados y vulnerados.
TARIFAS DE PEAJE ILEGALES
Las autoridades correspondientes solo se ocupan de restablecer la ecuación económica-financiera de los concesionarios sin contemplar la relación beneficio/costo del usuario vial. Cabe señalar que nunca se han realizado los estudios técnicos correspondientes respecto a lo expresamente establecido en las Leyes Provinciales 10.978 y 11.204: “Que el nivel medio de las tarifas no podrá exceder al valor económico medio del servicio ofrecido ”.
El régimen de falso peaje o impuesto al tránsito que se cobra es un cargo económico o nuevo costo; es inconstitucional por la falta de caminos alternativos libres de pago y la doble imposición; es ilegal ya que no se cumple con las leyes 10.978 y 11.204; es antieconómico e inviable por el bajo caudal de tránsito motivo por el cual la mayor parte de la recaudación se gasta en el fenomenal costo operativo de las estaciones de peaje sin volcarse plata al camino; injusto por tratarse de un sistema abierto donde unos pagan y otros no de acuerdo al tramo transitado.
COMUNICADO CONADUV: El CONADUV EXHORTA AL SEÑOR GOBERNADOR MAXIMILIANO PULLARO QUE COMO PRIMERA MEDIDA SUSPENDA EL AUMENTO EN CUESTIÓN, SOLICITÁNDOLE ADEMÁS, CORAJE, VOLUNTAD Y DECISIÓN POLITICA PARA PONERLE PUNTO FINAL A LAS CONCESIONES VIALES BAJO EL SISTEMA DE PEAJE DIRECTO CON CABINAS DE COBRO EN RUTA QUE RIGE EN CORREDORES VIALES CONCESIONADOS EN LA PROVINCIA DE SANTA FE. POR OTRA PARTE, DEBERÍA CONVOCARSE, Y SERÍA DE SUMA IMPORTANCIA, A UNA AUDIENCIA PÚBLICA “VINCULANTE” DONDE TODOS LOS INTERESADOS, ESPECIALMENTE USUARIOS VIALES DIRECTOS E INDIRECTOS, PUEDAN DEBATIR Y CAMBIAR OPINIONES EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURA VIAL Y MUY ESPECIALMENTE PARA DETERMINAR EL MÉTODO MÁS ADECUADDO PARA FINANCIAR OBRAS VIALES Y PERMITIR ASÍ CONTAR CON UNA RED CAMINERA PROVINCIAL EN PERFECTO ESTADO DE TRANSITABILIDAD Y LIBRE DE PEAJE. “LOS CAMINOS SON DE DOMINIO PÚBLICO, NO PROPIEDAD DE UN GOBERNADOR O DE UN FUNCIONARIO PÚBLICO”.
Fuente: CONADUV
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