
EL GOBIERNO ELIMINÓ LAS COMPENSACIONES A EMPRESAS POR PASAJES GRATUITOS PERO SE MANTIENE EL BENEFICIO PARA LOS PASAJEROS
Editorial
A través de la Resolución 28/2026 publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Transporte de la Nación oficializó la derogación del régimen de compensaciones económicas que el Estado otorgaba a las empresas de transporte automotor de larga distancia. Este fondo estaba destinado a cubrir los costos de los pasajes gratuitos emitidos por ley para personas con discapacidad, pacientes trasplantados o en lista de espera, y niños, niñas y adolescentes con cáncer.
El Poder Ejecutivo fundamentó la medida en el nuevo esquema de libertad tarifaria del sector. Según los considerandos de la norma, al no existir bandas tarifarias impuestas por el Estado, las operadoras privadas cuentan con la flexibilidad necesaria para "internalizar" estas obligaciones legales dentro de su estructura de costos comerciales habitual, volviendo innecesario el auxilio financiero estatal.
Vigencia del derecho y fiscalización
La normativa aclara de forma expresa que la quita del financiamiento público no elimina el derecho de los usuarios. Las personas contempladas en las leyes de protección social conservan la facultad de viajar sin cargo en los servicios de larga distancia de todo el país.
Para asegurar el cumplimiento de la entrega de pasajes y evitar restricciones en los mostradores por parte de las empresas, la resolución encomienda a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) la continuidad y el refuerzo de los procedimientos de control y fiscalización habituales. Asimismo, se incluyó una cláusula transitoria que resguarda los pagos de las compensaciones estatales que ya se hubieran devengado con anterioridad a la entrada en vigencia de la nueva norma.






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Mientras que en julio de 2016 un sueldo entero en la escala de atención al cliente equivalía a 2.228 pases de peaje, la realidad de agosto de 2026 reduce esa capacidad a tan solo 784 pases.









