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La Cámara de Apelaciones de la sala 1 de Morón hizo lugar a un recurso por el "mal calculo de la pena", ya que la misma "no rige desde el 23 de octubre del 2002 -día en que Grassi se profugó- por lo que no le cabe el beneficio del 2 por 1".
NACIONALES29/06/2022La condena por abuso al sacerdote Julio César Grassi que en principio regía hasta el 7 de agosto del 2026, fue extendida hasta el 30 de mayo del 2028 tras una apelación presentada por la querella a raíz del mal cálculo de la pena y la inaplicabilidad del beneficio del llamado "dos por uno", informó a Télam el abogado Juan Pablo Gallego.
El letrado, que representa el Comité de Seguimiento y Aplicación de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño en Argentina (Casacidn) destacó que "se había aplicado la pena tomando en cuenta la fecha del 23 de octubre de 2002, cuando la Policía fue a buscar a Grassi y se profugó de un estudio de televisión"
"Luego la defensa de Grassi presenta recursos, lapso durante la cual el sacerdote no tiene prisión preventiva, y recién se logra su detención en el año 2013, por lo que no rige el beneficio del llamado dos por uno", agregó.
El recurso de apelación a la condena inicial de Grassi fue presentado ante la Cámara de Apelaciones de Morón, que dio lugar a la petición y ordenó extender hasta el 30 de mayo del 2028 la condena.
De esta manera, los 15 años por los cuales el sacerdote fue condenado comienzan a regir desde 2013.
Grassi fue condenado por el Tribunal en lo Criminal N° 1 de Morón el 10 de junio de 2009, a la pena de quince años de prisión por los delitos de abuso sexual agravado por resultar sacerdote, encargado de la educación y de la guarda del menor víctima.
Esto es reiterado en dos hechos, en concurso real entre sí, que a su vez concurrieron formalmente con corrupción de menores agravada por su condición de encargado de la educación y de la guarda, por los hechos cometidos en noviembre y de diciembre de 1996 en la Fundación Felices los Niños de Hurlingham.
El abogado aseguró además que "se incurrió en errores materiales al contabilizar días en los cuales Grassi estuvo en libertad, y que no pudo haber sido detenido el día 23 de octubre de 2002, ya que ese día concurrió a un programa de televisión del Canal 9"
"La ley 24.390 (dos por uno) no resulta de aplicación al caso, ya que la demora en la finalización del proceso se produjo debido a las articulaciones dilatorias de la defensa", puntualizó
Además, sostuvo que el cómputo establecido "violaba las garantías de la víctima con arbitrariedad sorpresiva y beneficiando indebida e ilegalmente la situación procesal del condenado"
“Dediqué quince años de mi carrera profesional a obtener justicia por los delitos cometidos por Julio Grassi. Expliqué al Tribunal que el cómputo era erróneo y que además no le correspondía el derogado beneficio llamado del dos por uno", aseguró Gallego.
"Grassi seguirá preso hasta junio de 2028 y velaré por ello.”, sostuvo el letrado.
La condena a Grassi fue ratificada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en marzo del 2017
Fuente : Télam
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