Ampliaron los rubros exceptuados de cuarentena: hay 8 nuevos sectores eximidos

El Gobierno amplió la lista de actividades que podrán desarrollarse durante la cuarentena total que rige en el país hasta el 12 de abril por el avance del coronavirus. Algunas apuntan a aliviar el impacto en la actividad económica.

NACIONALES 03/04/2020

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La resolución aclara que la realidad de la implementación del aislamiento social, preventivo y obligatorio, que comenzó el pasado 20 de marzo, "2demostró la necesidad de incorporar otras actividades y servicios con carácter de esenciales con el fin de mitigar los efectos ocasionados por las medidas adoptadas”.

Dentro de las ocho nuevas prácticas esenciales exceptuadas aparecen los corralones de materiales de construcción, aserraderos y curtiembres. También reactivan la producción forestal y minera, entre otros rubros.

Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el decreto deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales.

Las nuevas actividades exceptuadas del aislamiento

-Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.

-Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.

-Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vialy agrícola.

-Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.

-Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.

-Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.

-Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.

-Inscripción, identificación y documentación de personas.

Además, se aclara que ya estaban dentro de las actividades esenciales "personas afectadas a las actividades destinadas a la provisión de insumos necesarios para la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones".

Como en el resto de los casos de las actividades consideradas esenciales, "las personas alcanzadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales".

Todas estas personas, como en el resto de las actividades permitidas "deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19". Recordamos que el mismo debía estar disponible desde el Lunes pasado en el Sitio Web del Ministerio Del INterior, pero al colapsar nadie lo podía obtener. 

Desde hoy parece poder hacerse online, pero sin poder uno tildar estas nuevas 8 actividades habilitadas. 

HACER CERTIFICADO ÚNICO DE CIRCULACIÓN



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